Ciudadanos que no sufragaron el 19 de abril tienen 30 días para tramitar su certificado de impedimento
Tras la jornada electoral del pasado domingo 19 de abril, el Tribunal Supremo Electoral informó que ya se encuentra en curso el plazo oficial para que los ciudadanos que no pudieron emitir su voto, de manera justificada, regularicen su situación.
De acuerdo con la entidad electoral, quienes no participaron en la segunda vuelta de las Elecciones Subnacionales 2026 disponen de 30 días para tramitar el certificado de impedimento de sufragio, documento indispensable para evitar sanciones y restricciones en trámites administrativos y financieros.
El proceso debe realizarse ante el Tribunal Electoral Departamental correspondiente, donde los ciudadanos deberán presentar la documentación que respalde la causa de su inasistencia, ya sea por motivos de salud, viaje u otras razones debidamente justificadas.
Desde el Tribunal Supremo Electoral se recordó que el voto en el país es obligatorio, por lo que la ausencia sin justificación puede derivar en sanciones económicas e incluso limitaciones en la realización de ciertos trámites bancarios y públicos.
La institución instó a la población a no dejar pasar el plazo establecido, advirtiendo que una vez vencido el tiempo no se podrá acceder a este trámite, lo que podría generar inconvenientes a futuro para quienes no cumplieron con su deber ciudadano.
En ese sentido, se recomienda a los ciudadanos acudir con anticipación a las oficinas correspondientes, evitando contratiempos de último momento en un proceso que, aunque administrativo, resulta clave para mantener la regularidad en el ejercicio de sus derechos civiles.
